Pensado para pequeñas empresas y comercios con un procedimiento más rápido que un concurso de acreedores ordinario evita que las deudas pasen al ambito privado y evita un proceso complejo y costoso.
¡ ME INTERESA !
Si un empresario no tiene liquidez para afrontar normalmente sus pagos ordinarios, tiene la obligación legal de presentar concurso de acreedores en el plazo de dos meses.
El problema estriba en la errónea creencia de que presentar un concurso de acreedores es el fin de la empresa cuando, precisamente, la Ley Concursal se hizo pensando en ayudar a las empresas a salir de una mala situación económica, bloqueando la posibilidad de reclamar por parte de los acreedores y abriendo la oportunidad de que les condonen parte de la deuda para poder continuar con su actividad económica.
Sin embargo, los empresarios se demoran excesivamente en la toma de esta decisión precisamente por la errónea creencia de que ello supondrá el cierre de su empresa o negocio, con lo que al final, en el momento en que presenta el concurso la empresa es ya absolutamente inviable por si misma, presente o no solicitud de concurso, y por muchos instrumentos jurídicos que el sistema ponga a su disposición para salir airosa de la situación.
1.- Tras la declaración del concurso exprés se evita que las deudas de la empresa se puedan derivar concursalmente al administrador.
2.- Para la empresa evita alargar el proceso.
3.- Evita que se inicien procesos judiciales en reclamación de deudas por los acreedores.
Pueden acogerse cualquier empresario, autónomo que se encuentre en una posición de insolvencia.
No se procede al nombramiento de un administrador concursal.
Cuando el Juez dicta concurso de acreedores exprés el mismo Auto da curso a la extinción de la entidad.